Discernir, Benjamín García

Necesitamos separar los diferentes tipos de evaluación de la evaluación para certificación. En ese sentido, para esta última forma, usaré el término prueba.

Básicamente una misma entidad escolar se encarga de la todos los tipos de evaluación, y prácticamente el docente, aunque no es quien expide el certificado, se encarga también de todo, sin su veredicto, la certificación no procede.

Esto crea vicios inacabables, tanto la corrupción como la presión administrativa y social sobre el docente.

Una prueba típica, a manera de pregunta y respuesta, puede ser un poderoso instrumento de evaluación, si por evaluación entendemos constatar qué tanto del conocimiento y de las habilidades ha adquirido el alumno, para así ayudarle en la construcción de su conocimiento.

Pero la prueba entendida como parte de un proceso de certificación, es la que nos lleva a asentar una calificación en un acta, pues dicha calificación permite que se obtenga o no un certificado.

La prueba entendida así ha resultado nociva para la educación. Ello no significa que no deba haber evaluaciones, simplemente deberían quedar fuera del proceso de certificación, ¿cómo? Bueno, el estado, mediante sus dependencias, puede convocar a temporadas de examinación, mismas que pueden realizarse a través de internet, tanto a distancia como en sedes destinadas para ello, con uno o diversos instrumentos. A final de cuentas, las pruebas convocadas por Comipems o por los exámenes de ingreso a las diversas instituciones de educación superior son justamente eso, pruebas separadas del proceso educativo.

En México resultó polémica la decisión y presión estatal para asentar un 6, la calificación mínima aprobatoria a todos los alumnos que no hubiesen pasado sus pruebas o que incluso no se hubieran presentado a clase. La razón esgrimida fue la posible falta de conectividad por parte de muchos estudiantes. Para los docentes se trató de una práctica nefasta, porque se pierde responsabilidad por parte de los alumnos y calidad en el proceso educativo.

Si es el Estado quien asume esta función de la prueba, a través de estas convocatorias que mencionamos, es también el Estado quien asume la responsabilidad, frente a sucesos como la pandemia, de otorgar o no la acreditación, así, se libera de tal obligación al docente y se permite que se centre en el proceso educativo y no en el certificador.

Por supuesto, en cada docente pervive la utopía de una academia como la de Platón o Aristóteles, donde los alumnos acuden por el puro placer de aprender, sin ningún tipo de prueba, quizá algún día la vida lo permita, de momento, no aspiramos a tanto, simplemente a separar el proceso educativo de la prueba, que esta quede a cargo de una instancia separada de la escuela.

fielrocinante@yahoo.com.mx

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